Red.es ha publicado en el BOE la Resolución de 14 de noviembre de 2024, por la que se modifica la convocatoria de las ayudas destinadas a la digitalización de las comunidades de bienes, las sociedades civiles con objeto mercantil, las sociedades civiles profesionales y las explotaciones agrarias de titularidad compartida, de los segmentos I, II, y III en el marco de la Agenda España Digital 2026, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el PRTR (Programa Kit Digital)
Importe máximo de la ayuda por beneficiario
Las comunidades de bienes, las sociedades civiles con objeto mercantil, las sociedades civiles profesionales y las explotaciones agrarias de titularidad compartida, de los segmentos I, II, y III podrán recibir una ayuda de un importe máximo de…
- Segmento I (Pequeñas empresas entre 10 y menos de 50 empleados): 12.000 €.
- Segmento II (Pequeñas empresas o Microempresas entre 3 y menos de 10 empleados): 6.000 €.
- Segmento III (Pequeñas empresas o Microempresas entre 0 y menos de 3 empleados): 3.000 €.
Aquellos beneficiarios del segmento III que habiendo formalizado Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización no hubieran comprometido totalmente el importe de 2.000 euros, y no hayan transcurrido 6 meses desde la notificación de la Resolución de concesión, podrán comprometer el importe restante en el nuevo plazo de 6 meses concedido en la modificación de la Resolución de concesión. Se tomará como fecha de referencia, la fecha en que el beneficiario declare la conformidad.
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el 12 de septiembre de 2023 y finalizará el 31 de octubre de 2025 a las 11:00 horas. Este plazo concluirá antes si se agotase el crédito presupuestario establecido en el apartado tercero de la presente Convocatoria.
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