Objeto del programa
Financiar parcialmente dos tipos de gastos de las asociaciones y federaciones de exportadores: los gastos de funcionamiento interno en el ejercicio 2025 y los gastos realizados para asistencia jurídica y apoyo, tanto ante procedimientos de solución de diferencias en foros multilaterales o bilaterales, como ante la aplicación de medidas de defensa comercial, tanto europeas como adoptadas por terceros países, o para resolver los obstáculos comerciales, dentro o fuera de la Unión Europea, ocurridos en 2025.
Beneficiarios de la ayuda
Asociaciones/Federaciones españolas de Exportadores reconocidas como entidades colaboradoras de la Secretaría de Estado de Comercio.
Plazo de solicitud
20 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación del extracto en el Boletín Oficial del Estado.
Más información
- Convocatoria: Extracto de la Resolución de la Secretaría de Estado de Comercio, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de ayudas para el año 2025, a las asociaciones/federaciones españolas de exportadores reconocidas como entidades colaboradoras de la Administración General de Estado. (BOE núm. 74, de 27 de marzo de 2025)
- Bases: Orden ICT/870/2023, de 20 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a las asociaciones y federaciones de exportadores reconocidas como entidades colaboradoras de la Administración General del Estado. (BOE núm. 177, de 26 de julio de 2023)