Mincotur - ICEX España Exportación e Inversiones

Ayudas en programas de talento para la internacionalización

Objeto del programa

Realización de prácticas formativas no laborales vinculadas a la internacionalización de las empresas españolas con la finalidad de la inserción laboral de los beneficiarios ofreciéndoles oportunidades profesionales y ayudándoles a conseguir empleos estables, cualificados y de calidad, contribuyendo así a la mejora de la competitividad y productividad de las empresas españolas internacionalizadas.

Beneficiarios de la ayuda

Podrán acceder a la consideración de beneficiarios las personas físicas que cumplan los siguientes requisitos:

  • Nacionalidad: estar en posesión de la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea y ser residente en España.
  • Ser mayor de edad, estableciéndose en la convocatoria los límites de edad en el momento de solicitud de la subvención.
  • Estar en posesión de la titulación establecida en la convocatoria.
  • No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con la realización de las actividades que constituyen el objeto de la subvención.
  • No tener antecedentes penales ni estar incurso en causa penal.
Las convocatorias podrán exigir requisitos adicionales a los beneficiarios, vinculados a la finalidad de esta orden, o bien al impacto causado en los destinatarios de la subvención por una circunstancia geopolítica o catástrofe natural, que justifique en cada caso la convocatoria aprobada al amparo de esta orden.

Las convocatorias podrán prever la participación en la gestión de los programas formativos de los beneficiarios como entidades colaboradoras. ICEX suscribirá el correspondiente convenio.

Descripción

Cuantía de las subvenciones: Las ayudas serán disposiciones dinerarias destinadas a financiar los gastos que afrontan los beneficiarios a la hora de participar en los programas de talento para la internacionalización de ICEX.

  • Las convocatorias de dichos programas, en atención al objetivo de la subvención, contendrán la cuantía cierta e individualizada de la subvención, que vendrán reflejadas en la propuesta de concesión de las subvenciones.
  • La cantidad que se abone a los beneficiarios en ningún caso tendrá la consideración de salario o remuneración, sino de ayuda económica para formación. Su disfrute no tendrá, en ningún caso, la consideración de servicios previos ni de servicios efectivos, ni servirá como mérito para el ingreso en la Administración Pública ni para los procedimientos de provisión de puestos de trabajo.

Plazo de solicitud

Convocatoria: pendiente de publicación

Más información

  • Convocatoria: pendiente de publicación
  • Orden ECM/97/2026, de 13 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas en programas de talento para la internacionalización de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E. (BOE núm. 42, de 17 de febrero de 2026

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